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8 propuestas para la Ley de Startups

En diciembre de 2018 el sector emprendedor en España recibió una gran noticia. El Ministerio de Economía y Empresa anunciaba la creación de una nueva “Ley de Startups” para mejorar el ecosistema emprendedor y convertir a España en una “nación emprendedora”.

El primer paso en la creación de esta ley ha sido abrir un periodo de consultas a los ciudadanos que quieran aportar propuestas sobre qué se necesita mejorar para que haya más startups y emprendimiento en este país.

La noticia me entusiasmó, es una oportunidad única para intentar arreglar todo aquello de lo que nos quejamos los emprendedores en nuestro día a día. En seguida contacté con la Asociación Española de Startups para participar junto a ellos en una propuesta que aúne esas necesidades.

Estas son las 8 propuestas que he pensado, las he resumido al máximo:

Importante. Las propuestas que aporto en este artículo están pensadas desde el punto de vista de emprendedor joven español. Que es el grupo cuyos intereses intento representar.

1º.- NO LIMITAR EL CONCEPTO “STARTUP”.

Situación: Después de leer las diferentes propuestas de varios grupos el ecosistema emprendedor. He visto una tendencia común: dirigir esta nueva ley únicamente a las startups de base tecnológica. No debería hacerse así.

Esta nueva ley es una oportunidad para impulsar el emprendimiento en general. Las startups no son más que una parte del emprendimiento en España.

El objetivo es convertir a España en “nación emprendedora” no en “nación de startups de base tecnológica”. No todo emprendimiento e innovación está basado en la tecnología.

Una Startup que lanza una app para citas es emprendimiento, sí. Pero también lo es abrir una peluquería en un local bien situado en tu barrio. También lo es crear una consultora de marketing especializado en emociones dónde todo el trabajo es creativo y tiene poco de innovación tecnológica. También lo es crear una escuela de golf en la que la innovación está en la metodología de la enseñanza. ¿Por qué hablamos sólo de startups de base tecnológica? Toda iniciativa emprendedora debería disfrutar de mejoras en la regulación.

Esto es importante no sólo en el aspecto de negocio. También en el empleo. Por norma general, las startups de base tecnológica necesitan de mucho trabajador tecnológico (desarrolladores de software, expertos en big data, ingenieros informáticos, cracks del blockchain, etc) y poco de todo lo demás.

Si sólo mejoramos la regulación para las startups de base tecnológica, estamos perdiendo la oportunidad de fomentar empleo de todo tipo. Si la nueva regulación favorece a cualquier tipo de emprendimiento estaremos ayudado a crear más de empleo y más variado (consultores, jardineros, abogados, profesores, arquitectos, peluqueros, entrenadores personales, mecánicos, electricistas, comerciales, economistas, pintores, escritores, etc. etc.).

Propuesta: La nueva regulación debe favorecer al emprendimiento en general y no sólo a las startups de base tecnológica.

2º.- FACILITAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS EXTRANJEROS.

Situación: En España tenemos un problema serio con las startups creadas por extranjeros y las inversiones de extranjeros en startups española. Hay pocas. Muy pocas.

Es necesario facilitar que los extranjeros puedan crear empresas en España sin necesidad de tener un NIE ni pisar el país. De forma similar a la que lo hacen otros países europeos.

Para un extranjero que quiere abrir una empresa en España es obligatorio que obtenga el NIE. Esto implica un desgaste tremendo en tiempo, dinero y esfuerzos. A la hora de tramitar este NIE hay pocas diferencias entre el extranjero que quiere residir en España y el que sólo quiere crear una empresa o invertir en ella, sin residencia. Mucho papeleo, necesidad de hacer grandes desplazamientos y tener que esperar varios meses.

Hay muchísima inversión extranjera que se pierde por culpa de todo ello. Es un bloqueo importante para un inversor que, ante esta situación, prefiere dedicar su tiempo, dinero y esfuerzo a otros proyectos de otros países que no le ponen las cosas tan difíciles (y además le ofrecen ventajas fiscales mucho más atractivas).

Todo este proceso debería hacerse de forma ágil y sin necesidad de pisar España. Hoy en día la digitalización de los procesos es cada vez mejor y ya existen herramientas que permiten realizar trámites administrativos online con una seguridad total. Incluso diría que es mucho más seguro que haciendo los trámites de forma personal. Tenemos mucho que aprender de los modelos de países como Lituania o Estonia, naciones pioneras en este sentido.

Por último, contratar extranjeros también debería ser más fácil. Ser una nación emprendedora pasa por ser una nación globalizada en la que se eliminen muchos requisitos burocráticos y fiscales que bloquean la captación de talento extranjero para trabajar en España.

Propuesta: Los extranjeros que desean crear / invertir / trabajar en una startup, deberían poder hacerlo con una regulación menos estricta y una tramitación 100% online, mucho más sencilla, económica y rápida.

3º.- AYUDAS CON LA CUOTA DE AUTÓNOMOS SOCIETARIOS.

Situación: Esta es una de las cosas más importantes para el colectivo que intento representar. Para el emprendedor Joven español esta es la mayor barrera a la hora de emprender.

Los jóvenes tienen recursos financieros limitados. En la mayoría de los casos se la juegan y dejan su trabajo, su zona de confort y su seguridad económica para dar el salto al vacío y dedicarse a crear su propia empresa.

Evidentemente los inicios cuestan. No se genera mucha facturación en las etapas iniciales. Es natural. Por ello también suele ser normal que el equipo emprendedor se ponga un salario muy bajo o directamente no hay salario.

En este contexto, obligar a los emprendedores a pagar 364€ al mes sin importar si está ganando dinero o no, es algo atroz que choca violentamente contra cualquier discurso proemprendimiento que se pueda hacer desde la administración. Es una cantidad de dinero que el emprendedor joven, simplemente, no se puede permitir. Incluso si pudiera hacerlo, se podría invertir en muchísimas cosas que harían crecer el proyecto y, a largo plazo, generar más empleo.

Propuesta: Quitar la obligación de pagar la cuota de autónomos societarios durante los 3 primeros años de la sociedad. Esta cuota debería ser optativa para aquellos emprendedores que se lo puedan permitir y les interese.

4º.- AYUDAS PARA CONTRATAR

Situación: Otra gran barrera del emprendimiento en España.

En las startups la idea de negocio es sólo el 10% del éxito. El 90% restante depende de la ejecución de esa idea. Y la ejecución depende del equipo.

Pero formar un equipo es muy caro. Las empresas españolas tienen unas cargas sociales y fiscales vinculadas con la contratación de empleados que hace que contratar sea extremadamente caro.

Las startups no pueden hacer frente a ese tipo de cargas y por ello se ven obligadas a hacer equipos más limitados. Además de hacer malabarismos para tratar de compensar los salarios bajos con stock options o herramientas similares y, para que negarlo, optar por vinculaciones laborales / mercantiles arriesgadas o poco transparentes. Con ello pierden uno de los elementos más importantes a la hora de emprender: un equipo sólido.

Por último, es necesario mejorar la normativa que rodea herramientas muy útiles de captación y retención de talento como son las stock options. El principal problema que tienen los trabajadores que reciben este tipo de retribución o recompensa es que no están pensadas para startups desde el punto de vista fiscal. El que las recibe tiene que pagar impuestos como si obtuviera una ganancia antes de que realmente la haya. Siendo las startups empresas muy volátiles y de futuro incierto, muchas veces ocurre que el titular de las stock options paga impuestos y luego la startup acaba siendo de valor cero.

Propuesta: Contratar debe ser más barato. Si se rebajan las cargas sociales y fiscales las startups podrían permitirse crear equipos sólidos con trabajo de calidad. Los proyectos estarían mejor ejecutados, las startups crecerían más y se generaría más valor, empleo y riqueza para toda la sociedad. Como mínimo, debería estar libre de cargas contratar los primeros 10 empleados durante los 3 primeros años de la empresa. Por otro lado, las stock options deberían estar mejor reguladas fiscalmente y evitar que se paguen impuestos por supuestas ganancias no aseguradas en el futuro.

5º.- FACILITAR EL CIERRE DE EMPRESAS

Situación: Todo el mundo habla de que abrir una empresa en España es lento, caro y una espiral burocrática. Es cierto, pero es que cerrar una empresa en España es mucho peor.

El 80% de las startups cierran antes de cumplir 3 años. Esto forma parte del ecosistema y del progreso. Precisamente por eso debería haber un trámite mucho más inmediato y barato para poder cerrar cuanto antes un proyecto que va mal y así poder concentrarse en crear uno nuevo.

Evidentemente, cuando se quiere cerrar una empresa que tiene deudas pendientes se tiene que hacer un concurso de acreedores para asegurarse de que todo está bien. Eso es bueno. Pero no debería aplicarse a las startups el mismo proceso que se le asigna a empresas más consolidadas.

En el proceso de apertura de una empresa participa todo el equipo y es ilusionante. Pero en el proceso de cierre el equipo desaparece. El emprendedor principal se queda solo y tiene que afrontar en solitario un proceso caro, lento y problemático. Muchas veces esta experiencia tan desagradable se convierte en uno de los principales motivos por los que un emprendedor no lo vuelve a intentar.

Por otro lado, merece especial atención el hecho de que una de las causas de disolución obligatoria de la empresa marcadas por la ley es la de “encontrarse patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social”. Esta situación es bastante normal en cualquier empresa emergente. Eliminar esta causa daría más seguridad al emprendedor y le otorga oportunidad de conseguir remontar el negocio.

Propuesta: Las startups necesitan de un proceso mucho más veloz y barato para su cierre. En el caso de concurso de acreedores, debe ofrecerse un proceso más económico y veloz para aquellas startups con menos de 10 trabajadores, casi sin activos, poca facturación y que tengan menos de 4 años. Por otro lado, debería eliminarse la causa legal de disolución de la empresa por encontrarse el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social de la misma.

6º.- FACILITAR LA CREACIÓN DE EMPRESAS:

Situación: Como he mencionado antes, crear una empresa en España es lento, caro y una espiral burocrática. Si bien es cierto que se han aplicado medidas para reducir los tiempos y el número de papeles y trámites necesarios, crear una empresa sigue siendo caro. Sobre todo si se compara con otros países de la UE.

Propuesta: Es necesario reducir de forma sustancial las tasas de Notarios y Registro Mercantil. Además, debería ser posible crear una empresa sin necesidad de aportar 3.000€.

7º.- VENTAJAS FISCALES PARA LAS EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN

Situación: Las supuestas ventajas fiscales actuales han demostrado no ser suficientemente atractivas.

Emprender en España no es normal. Cuando una persona decide emprender, abandona la seguridad de su puesto de trabajo y hace un gran salto al vacío. Se lo juega todo para crear un proyecto que, si sale bien beneficiará a toda la sociedad.

Para que emprender se convierta en algo normal en España, hace falta compensar ese salto al vacío y ese riesgo que se asume. Hay que premiar a los valientes con ventajas fiscales muy atractivas.

Propuesta: La cuota de autónomos los primeros años debería eliminarse o ser opcional. Las empresas de nueva creación deberían estar exentas de pagar y cobrar el IVA de cualquier servicio o producto durante los 2 primeros años. Así pueden ofrecer precios más atractivos y se facilita mucho la fiscalidad en las etapas iniciales. Además, deberían estar exentas de pagar el Impuesto de sociedades durante los dos primeros años. Durante esa etapa, todo lo que gana la empresa se tiene que poder reinvertir en la misma para crecer.

8º.- VENTAJAS FISCALES PARA INVERTIR EN STARTUPS

Situación: Las startups necesitan inversión muy inicial.

En este país la inversión en startups está mejorando poco a poco. Pero casi todas las mejoras tienen como foco a inversores profesionales (business angels, fondos de inversión, Venture capital…). ¿Nadie piensa en los primeros inversores? Los primeros inversores son el propio equipo emprendedor y los famosos FFF (Familia, amigos y locos).

De hecho, por norma general, los business angels y los fondos de inversión no invierten en proyectos que no hayan conseguido previamente inversión por parte de FFF. Esos son los primeros inversores de una startup.

Los FFF son los que más riesgo asumen y los que realmente hacen posible la creación de la empresa y el inicio de la actividad. Pese a ello, son los más olvidados. Necesitamos crear ventajas fiscales que hagan que todos los ciudadanos se lancen a ayudar a sus familiares, amigos y vecinos invirtiendo en sus proyectos. Así se consigue que las startups tengan acceso mucho más fácil a la financiación más importante: la inicial. Sin esa financiación todo lo que viene después no existiría.

Propuesta: Bonificaciones fiscales más potentes para los inversores en startups. Como, por ejemplo, una bonificación del 100% de la cantidad invertida en el IRPF en el año que han invertido en esa startup

Espero que compartas mi opinión y que el Gobierno de España aplique estas y otras medidas muy necesarias. Si te interesa el tema y quieres aportar más ideas, me puedes escribir a hola@guillermomarcet.com.

Sociedad Limitada DIY

Crea tú mismo tu sociedad y ahorrarás un dineral

 

Cuando un emprendedor se lanza con su idea, uno de los primeros pasos suele ser (cuando no es suficiente con ser autónomo) la de crear la empresa. En otro artículo vimos que, en la gran mayoría de los casos, la mejor opción era la escoger la forma jurídica de Sociedad Limitada.

Pero ¿Cómo se crea una Sociedad Limitada desde cero? Existen dos formas de hacerlo:

1º.- Pagar a un gestor/abogado que lo haga por ti y despreocuparte.

2º.- Hacerlo todo tú mismo y ahorrarte ese dinero.

 

Algunos emprendedores optan por la opción “Do It Yourself” (DIY)

 

Para los que no tienen tiempo que malgastar en mil trámites y papeleo existen servicios para crear una empresa en una semana, por 375€ (todo incluido) y completamente online como el que se ofrece en Pronto Empresa.

Para los que prefieran crear la empresa ellos mismos, el proceso es de un mes y medio (si todo va bien) y se encarece (cuesta 500€ aproximadamente).

 

A continuación explico los 10 pasos para para crear tu Sociedad Limitada DIY.

 

1º.- Obtención del certificado negativo de de la denominación social.

Esto es para reservar el nombre de tu empresa. Por ejemplo, “Mariscos Recio SL”.

¡Ojo! No confundir la denominación social de tu empresa con tu nombre comercial o tu marca. La denominación social es el nombre de tu empresa que se usará para fines legales y tributarios. Por ejemplo, “Inditex SA”. Por otro lado, el nombre comercial o marca es el nombre con el que serás conocido por tus clientes y proveedores. Por ejemplo, “Zara”.

El proceso se hace a través de la página web del Registro Mercantil Central.

  • Coste aproximado: 17€
  • Tiempo: 1 día.

 

2º.- Ir al banco a ingresar los 3.000€ de constitución.

Vas al banco de tu elección con lo siguiente:

  1. El certificado negativo de la denominación social.
  2. Los 3.000€

Ellos te harán un “certificado bancario de depósito del capital aportado” y esos 3.000€ pasarán a una cuenta bancaria para empresas en constitución. (¡Ojo! depende del banco que elijas te pueden cobrar alrededor de 20€ por este certificado)

Atención, la cuenta bancaria para empresas en constitución es una cuenta provisional en la que no podrás disponer del dinero hasta que finalices todo el proceso de constitución de la empresa.

Este paso no tiene ningún coste y se hace al instante.

 

3º.- Cita con notario para otorgamiento de escritura de constitución.

Una vez hecho lo anterior, tendrás que pedir cita con un notario para crear la escritura de constitución de la sociedad. Aquí vendrán incluidos los estatutos de la sociedad. Te recomiendo que uses los “estatutos tipo” que son los básicos para este tipo de sociedades. No es recomendable hacer experimentos con los estatutos, porque los registradores rechazarán todo aquello que les suene fuera de lo normal. Si quieres echar un vistazo a estos estatutos tipo, haz click aquí

En este trámite hay que aportar:

  1. Certificado negativo de denominación social
  2. Certificado de depósito de capital o bien relación de bienes aportados al capital
  3. DNI originales de los socios
  4. En el caso de socios personas jurídicas: escrituras de constitución, nombramiento de cargos vigentes y CIF

Una vez se ha otorgado la escritura de constitución por los socios, la sociedad nace y se inician el resto de trámites.

  • Coste aproximado: 250€
  • Tiempo: 1 día

 

4º.- Solicitud del NIF provisional y envío de la Declaración Censal

Debes rellenar el Modelo 036 (ó 037 si cumples los requisitos). En este formulario se recogen las obligaciones fiscales de la sociedad: régimen IVA, Retenciones, ROI, IAE, etc.

El NIF será provisional, hasta que la empresa se registre en el Registro Mercantil. Entonces será definitivo. Obtener el NIF provisional tarda unos 30 min después de la firma de la constitución (en función de la Notaría).

El NIF provisional y el definitivo no cambiarán. Es el mismo número.

 

5º.- Liquidación del ITP. Operaciones societarias.

Debes rellenar el Modelo 600. El ITP es un impuesto de carácter autonómico, gestionado por el gobierno de cada comunidad autónoma, a través de la Agència Tributaria de cada uno.

Actualmente está exenta de pago. Es decir, no hay que pagar este impuesto. Pero el trámite debe hacerse igualmente. Se presenta la declaración pero no se paga. En principio implicaba el pago de un 1% del capital social.

Deberás presentar:

  1. Modelo 600 rellenado
  2. Original y copia de la escritura de constitución
  3. Fotocopia del NIF provisional
  • Coste: 0€
  • Tiempo: instantáneo.

 

6º.- Inscripción en el Registro Mercantil de la Provincia.

La Sociedad Limitada debe presentarse a inscripción en el Registro Mercantil en el plazo de 2 meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución por el notario.

El Registro Mercantil será el correspondiente al domicilio social que se hayan fijado en los Estatutos (direcciones de los Registros Mercantiles).

Para realizar la inscripción, tendrás que presentar:

  1. Certificado de denominación del Registro Mercantil Central
  2. Original de la escritura de constitución
  3. Modelo 600 presentado

 

Una vez inscrita, la sociedad adquiere personalidad jurídica. Es decir, ya existe y puedes operar en su nombre.

  • Coste aproximado: 216€
  • Tiempo: 15 días hábiles.

 

7º.-  NIF definitivo de la sociedad

Una vez la sociedad está inscrita, Deberás ir a la la Agencia Tributaria para que emita el NIF definitivo de la sociedad. El plazo para hacerlo es de 1 mes después de la inscripción en el  registro mercantil

Los documentos que hay que llevar son:

  1. El Modelo 036 cumplimentado
  2. Fotocopia y original de los estatutos registrados
  3. Fotocopia y original del DNI del administrador
  4. Fotocopia y original del documento del NIF provisional
  5. Fotocopia y original del Certificado de la inscripción en el registro mercantil

 

  • Coste: 0€
  • Tiempo: Instantáneo.

 

 

8º.- Cita con el banco para crear la cuenta de empresa definitiva.

Ahora tienes que ir al banco donde se hizo el paso 2º, para convertir la cuenta provisional en una cuenta definitiva. Así  podrás disponer de esos 3.000€ y empezar a hacer pagos y cobros con normalidad.

Documentos que debes presentar:

  1. Escritura de constitución de la empresa
  2. Certificado de registro mercantil
  3. Certificado del NIF definitivo
  4. Certificado de Alta en el IAE.

 

  • Coste: 0€
  • Tiempo: dependiendo del banco, puede tardar 2 días aproximadamente

 

9º.- Trámites con la Seguridad Social.

 

En caso de inicio de la actividad deberás comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos necesarios para generar los códigos de cuenta de cotización, afiliación y alta de socios trabajadores y trabajadores de la empresa.

Si se tramita el alta, en el RETA, de socios trabajadores o empresarios individuales y se desea capitalizar la prestación del paro, es necesario hacerlo antes.

 

10º.- Certificado Digital de la Empresa e Inscripción de ficheros de datos de carácter personal en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

Estos dos trámites finales no os debes pasar por alto, ya que son muy importantes para tenerlo todo listo para operar con tu empresa.

En cuanto al Certificado Digital de Empresa, deberás obtener un certificado de representante de Persona Jurídica y para ello es necesario que previamente te hagas tu propio Certificado Digital.

Los trámites para obtener el certificado digital dan para escribir otro artículo entero. Pero para dejarlo fácil, te doy este vídeo de youtube en el que lo explican perfectamente, pasito a pasito.

Por otro lado, es esencial inscribir dos ficheros de datos en la Agencia Española de Protección de Datos. Toda empresa guarda (como mínimo) los datos de sus empleados, clientes y proveedores. Si no inscribes dichos ficheros, estarás incumpliendo la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Para poder hacer este trámite online deberás tener preparado del “Certificado Digital de Representante de Persona Jurídica”.  Para iniciar el trámite de inscripción de los ficheros sólo tienes que acceder a la web de la sede electrónica y seguir las instrucciones para cada uno de los pasos.

 

 

Cuando hayas completado estos 10 pasos, estarás listo para operar con tu sociedad.

Si todo este papelo y cifras te marea, siempre puedes probar servicios de creación de empresas express como el de Pronto Empresa

 

Este es un resumen de los costes en dinero y tiempo para crear una SL.

 

Coste total                                                                                                   486,88 €
 

·         Notaría (redacción e inscripción de la escritura): entre 254,52 €

·         Certificado negativo de denominación social: 16,36 €

·         Liquidación del ITP: exento, 0 €

·         Inscripción en el registro mercantil: 60 + 156 €

 

Todo el proceso tiene una duración de 1 mes y medio aproximadamente (si todo va bien).